viernes, 22 de agosto de 2014

CONSEJO DE LA JUDICATURA

La mediación en casos de adolescentes en conflicto con la ley se aplicará con apego al reglamento expedido por el Consejo de la Judicatura 


Las víctimas, los procesados, los fiscales y los defensores que intervienen en una causa penal contra un adolescente en conflicto con la ley ahora tienen la posibilidad de solucionar sus problemas a través de la mediación.

El Centro de Mediación de la Función Judicial es la única entidad autorizada para realizar este tipo de procesos y así lo establece el Reglamento de Mediación que expidió, el 8 de agosto pasado, el Pleno del Consejo de la Judicatura.

En ese documento se determina el procedimiento y las reglas para la aplicación de este método alternativo de solución de conflictos en casos de menores de edad que hayan infringido la ley.

Así, según la normativa, esta vía de solución procederá sólo por derivación procesal, es decir, el juez, en cualquier momento y antes de concluir la etapa de instrucción, podrá someter una causa a mediación, previa solicitud de cualquiera de las partes involucradas.

El procedimiento establece que para remitir una causa al Centro de Mediación de la Función Judicial, el juzgador debe, mediante providencia, informar a las partes de sus derechos, de la naturaleza del procedimiento de mediación y las posibles consecuencias de su decisión. También debe tener el consentimiento voluntario tanto de la víctima como del adolescente.

Esto procede “siempre y cuando no se haya impuesto una medida socio educativa o sometido anteriormente a un proceso de mediación por un delito de igual o mayor gravedad”, aclara el reglamento.

Asimismo, la normativa determina  las funciones que deben cumplir los y las mediadoras que actúen en este tipo de procesos.

Entre otras cosas, dispone que quien actúe como mediador debe remitir al juzgador de origen el acta que contenga el acuerdo total o parcial; la imposibilidad de acuerdo o la constancia de imposibilidad de mediación, en el plazo de 15 días, contados desde la recepción del expediente en el Centro de Mediación.

Si dentro del tiempo previsto no se presenta el acta con el acuerdo, el juez continuará el trámite de la causa, salvo que las partes comuniquen por escrito su decisión de ampliar dicho plazo, el mismo que se extenderá por una sola vez y por 15 días más. Los plazos antes previstos no son imputables a los tiempos de prescripción de la acción.

Si existe más de un adolescente procesado y varias víctimas, la causa continuará respecto de quienes no concurren al acuerdo.

Mediadores especializados

En cuanto a los requisitos para ejercer el rol de mediadores, el reglamento señala que estos deben tener título de tercer nivel reconocido legalmente, acreditar sus conocimientos en procedimientos alternativos de solución de conflictos y una experiencia de tres años en el trabajo con adolescentes. También tienen que aprobar los cursos académicos de formación y capacitación teórico y práctico que imparta la Escuela de la Función Judicial.

Para estar habilitado como mediador en esta materia, además se debe contar con la autorización escrita de la Directora del Centro de Mediación de la Función Judicial.

Capacitación

El Centro de Mediación de la Función Judicial organizó en Quito el taller de capacitación en mediación penal para adolescentes en conflicto con la ley. Ahí participaron 14 mediadores de varias provincias del país.

La directora del Programa Nacional de Mediación, Justicia y Cultura de Paz, Sara Helena Llanos, explicó que el objetivo fue instruir a  los mediadores acerca de las disposiciones del  COIP para tratar este tipo de procesos.

De su parte, la Directora Nacional del Centro de Mediación, Rosa Elena Jiménez, afirmó que esta alternativa de solución de conflictos permitirá reducir la carga procesal relacionada con estos casos.


En el taller, que duró cinco días, se abordaron temas relacionados con la base legal, el marco psico-jurídico de la aplicación de la mediación penal; el manejo del conflicto en los adolescentes; y las habilidades técnicas y estratégicas para realizar la audiencia de mediación penal con adolescentes.

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