jueves, 16 de abril de 2015

ASAMBLEA NACIONAL

Proyecto de Justicia Laboral reconoce el trabajo no remunerado del hogar

El proyecto de Ley para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar, que se debatirá mañana en el Pleno de la Asamblea Nacional, crea herramientas para viabilizar la afiliación de las personas que han dedicado su vida al trabajo del cuidado familiar, mediante un tratamiento normativo que contemple las características particulares de esta actividad, correspondiendo al Estado, de manera obligatoria, incluir a las personas que realizan trabajo no remunerado en los hogares.

En el documento se argumenta que el trabajo no remunerado del hogar, realizado fundamentalmente por mujeres, cumple una función económica y social de importancia central para la sociedad que no ha sido objeto de reconocimiento normativo ni social,

El cuerpo legal contiene 59 artículos que reforman al Código de Trabajo; la Ley Orgánica de Servicio Público y la Ley de Seguridad Social.

Crea 5 capítulos referentes al régimen de pensiones del trabajo no remunerado del hogar; la pensión por incapacidad permanente total y absoluta; de la pensión por jubilación; de las pensiones por viudedad y orfandad; del subsidio para funerales.

Cambios
Entre los cambios incorporados consta una reforma en la clasificación de los contratos de trabajo, se incorpora una categoría o tipología de trabajo que se denominará “contrato por obra o servicio determinado dentro del giro del negocio”.

Se promueve la creación de un organismo tripartito que permita viabilizar el principio de diálogo social, así como las recomendaciones realizadas por la Organización Internacional de Trabajo, instancia que deberá permitir, promover y recoger los acuerdos que sobre regulaciones laborales y salarios, alcancen trabajadores, empleadores y gobierno; y, a partir de los mismos, se diseñen e implementen las políticas públicas en materia laboral.

Esta institución se denominará Consejo Nacional de Trabajo y Salarios; su definición y alcance se establecerá en la ley, cambiando la denominación del actual Consejo Nacional de Salarios por esta nueva institución, asignándole además nuevas funciones y dotándole de aquellas facultades que determina la OIT para las instancias nacionales de diálogo tripartito.

Se incorpora la definición “cadena de valor” y se aclara que la misma es “el proceso económico que inicia con la materia prima y llega hasta la distribución del producto terminado”, aclarando que se entenderá que varias empresas serán consideradas como una sola, únicamente cuando estas participen dentro de la misma “cadena de valor”.

El proyecto de ley otorga a favor de los trabajadores el derecho de escoger que la décimo tercera y décimo cuarta remuneración se la haga de forma mensual o de forma acumulada en los meses correspondientes. RSA/pv

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