jueves, 20 de agosto de 2015

ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE

Asamblea se allana al veto presidencial sobre ley orgánica de educación intercultural


Los maestros deberán permanecer seis horas reloj en la institución, de lunes a viernes, y dos fuera de éstas. Sin embargo, esas seis horas pueden incrementarse hasta ocho, por requerimientos de la máxima autoridad del plantel, previa autorización de la coordinación zonal. Esta es una de las propuestas que el Ejecutivo propuso en el veto parcial a esta normativa y que la Asamblea se allanó en la sesión de hoy, con 85 votos a favor.

La Comisión de Educación consideró que las observaciones del presidente de la República, Rafael Correa, no modifican el espíritu de la ley, sino que aclaran el texto y por eso recomendó allanarse a las mismas. La asambleísta y maestra Margod Salazar enfatizó que el veto tiene una visión laboral más accesible, progresista y solidaria. La ampliación final del texto legal se acopla a momentos y necesidades determinadas, dijo.
Mientras tanto, el presidente de la Comisión de Educación, Raúl Abad enfatizó que la construcción de la ley no es fruto de la casualidad. Manifestó que la arquitectura de la misma se la realizó en función de criterios que los asambleístas recogieron en reuniones en territorio con maestros, padres de familia, estudiantes, funcionarios y autoridades del Ministerio de Educación.
El primer mandatario observó siete temáticas. Entre ellas se encuentre también la regulación del ingreso, permanencia y ascenso en las diferentes categorías del escalafón docente, que, según las reformas a la Ley Orgánica de Educación Intercultural, van ahora desde la G hasta la A de forma ascendente. Planteó que éstas se establezcan en el reglamento general y no en la ley.
Según el documento, Correa consideró que este tema debe imprimirse en un instrumento legal dinámico, capaz de atender las realidades y circunstancias propias de cada momento, pues cualquier cambio a través de una ley requiere de reformas, mediante la Asamblea.
El veto establece que las categorías escalafonarias y los requisitos para el ascenso se realizarán sobre la base de criterios de experiencia, titulación, resultados de evaluación y desarrollo profesional. La permanencia mínima en cada categoría será de cuatro años.
La vicepresidenta de la Comisión de Educación, Ximena Ponce, explicó la razón por la cual se eliminó en la ley las categorías H e I. Aseveró que obedece a la lógica y coherencia con otras reformas. Por ejemplo, se eliminó la posibilidad de que bachilleres puedan ingresar al magisterio con categoría I y el ascenso de los mismos a la H. Hoy solo los profesionales con título en educación podrán ingresar a partir de la categoría G, dijo. En este caso el sueldo mínimo para los maestros que ingresen será de 817 dólares.
El veto también planteó que la contratación, producción, adquisición y distribución de la alimentación escolar gratuita para la educación pública y fisco misional la realice el Ministerio de Educación. Para realizar estas tareas la ley no creaba una nueva entidad, sino que se refería a una nueva institucionalidad, el veto del presidente Correa mejora este criterio, explicó la asambleísta Ponce León.
El Ministerio de Educación también continuará la tarea de producción y distribución de textos, cuadernos y ediciones de material educativo, así como de uniformes gratuitos. Los libros los actualizará cada tres años.
En cuanto al incremento remunerativo de los docentes de las instituciones educativas particulares, en proporción con el aumento de las pensiones, autorizadas para este fin por el Ministerio de Educación, el Ejecutivo sugirió respetar la libertad de estos establecimientos para el aumento salarial.
El veto explica que este sector se ampara en el Código del Trabajo y que ahí prima la voluntad de las partes. LM/pv

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