domingo, 28 de agosto de 2016

MINISTERIO DE INCLUSIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL

Una vejez digna política pública que ejecuta el  Estado.
Estela Angulo Valencia adulta mayor comentó que es una buena terapia asistir al centro. “En la mañana realizamos ejercicios, juegos recreativos, trabajos de artesanías y otras actividades  una forma divertida de llevar la vida. La comida y refrigerios son buenos, levantó la mano en señal de aprobación. Ella asiste al  Centro de la Fundación Amiga financiado por el MIE en la ciudad de Esmeraldas, allí concurren diariamente  46 adultos mayores de escasos recursos económicos.

El Estado a través del MIES atiende a  1.441 adultos mayores en el distrito en las modalidades: Residencial, Centros Diurnos, Espacios Alternativos y Visitas Domiciliarias, para una inversión anual del Gobierno Nacional de 314.853 dólares  en los cantones: Quinindé, Muísne, Esmeraldas y Atacames.

Funcionan 4 centros diurnos en el distrito: 1 Centro  de la tercera edad, hipertensos y diabéticos de Esmeraldas, barrio El Embudo atiende a 45 personas. 2 Centro Fundación Karen Ortiz en Propicia 4 con 45 personas, 3 Centro de la Fundación Amiga con 46 adultos mayores, km 6 vía Atacames, más el Centro Arco Iris de Muísne con 40 personas.

Responsabilidad de Estado
La Constitución del Ecuador, expedida en 2008, establece obligaciones al Estado sobre la protección y garantía de los derechos de los adultos mayores, por ejemplo, la igualdad y no discriminación, la protección integral, la defensoría pública y el acceso a la justicia.

Responsabilidad de los Hijos.

Honrarás a tu padre y a tu madre, es el cuarto Mandamiento de la Ley de Dios y el primero de los mandamientos, dirigidos al prójimo. Este mandamiento existe en todas las religiones, civilizaciones y costumbres ancestrales. Las antiguas civilizaciones, tenían consejos de ancianos, que eran los que promulgaban las leyes e impartían la justicia, así demostraban el gran respeto y consideración que tenían, a las personas mayores.

Marco Legal

Estos delitos son de acción pública y pueden ser denunciados ante la fiscalía. Desde el mes de agosto de 2014 al entrar en vigencia  el nuevo Código Orgánico Integral Penal (COIP) en el Ecuador, instrumento legal que  sancionan los casos de abandono a las personas adultas mayores, según lo establece el Artículo 153. Las penas se castigarán con prisión de 1 a 3 años y de 16 a 19 años, de acuerdo a los agravantes.

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